Bienvenid@s


Este blog será, al menos de momento, un poco cajón de sastre donde cabrán diferentes temas relacionados con la Educación Social
y quizás, en un futuro, acabe siendo más específico de algún campo más concreto.




martes, 28 de diciembre de 2010

FIESTAS DE NOCHEVIEJA



Retomo el tema de Consumo con unos consejos para quienes decidan celebrar alguna de las fechas navideñas acudiendo a fiestas, espectáculos, cenas y otros eventos organizados por discotecas, restaurantes, hoteles y demás establecimientos.

Como siempre, al final de esta entrada tenéis enlaces a las fuentes utilizadas. El documento de Euroconsumo Comunidad Valenciana no aporta fechas de creación del mismo y se centra en dicha Comunidad, por eso NO hago aquí una reproducción exacta. El enlace al INC os llevará directamente a la sección que habla de cómo reclamar en general, incluida en la Guía del Consumidor. Dicho esto, chic@s, vamos con el re-mix  ^_^

Son muchos los establecimientos que durante los meses de diciembre y enero organizan fiestas y espectáculos públicos, relativos a la conmemoración de la Navidad, Año Nuevo y Reyes, siendo las celebraciones de la Nochevieja las que suscitan mayor expectación entre los consumidores, en especial, los jóvenes.

El carácter extraordinario de las Fiestas de Nochevieja, aunque sólo sea por el número excepcional de personas que tradicionalmente acogen, hace que sea necesaria una información específica sobre el tema. Todo ello, con el objetivo principal de compatibilizar el derecho al ocio y la diversión, con la defensa de la salud, seguridad e intereses económicos de los consumidores.

ü  Antes de comprar tu entrada para las Fiestas de Navidad, Nochevieja o Reyes, comprueba que en el exterior del local en que se celebren, se exhiben las autorizaciones obligatorias.

ü  Una vez adquirida la entrada, observa si se corresponde con el espectáculo o fiesta elegida.

ü  Rechaza la venta y reventa callejera o ambulante, ya que, además de estar prohibida, puede ocasionarte problemas a la hora de entrar en el local.

ü  Las condiciones para el derecho de admisión deben constar en lugar visible, a la entrada de los establecimientos, no pudiendo ser arbitrarias o discriminatorias y, además, debiendo gozar de aprobación administrativa.

ü  Puedes exigir todo lo que se ofrece en los carteles o programas publicitarios, en los que se habrán de reflejar claramente las características del evento y, en su caso, los servicios o prestaciones incluidos en el precio de la entrada (consumiciones, servicios de guardarropa, etc ... ).

ü  Comprueba que se exhiba la lista de precios, y que los mismos coincidan con lo abonado.

ü  Recuerda que beber no es vivir o, si prefieres, saber beber es saber vivir. Sobre todo, si vas a conducir, mucha prudencia con el alcohol.

ü  Evita el consumo de bebida en la vía pública, es una práctica innecesaria que ocasiona molestias a los vecinos y ensucia las calles.

ü  Conserva tu entrada, es necesaria para cualquier tipo de reclamación o indemnización.

En caso de tener que reclamar puedes dirigirte bien a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (O.M.I.C.) de tu localidad, o la Dirección General de Consumo de tu Comunidad Autónoma.

Recordar que, por imperativo legal, los establecimientos deben tener a su disposición un modelo específico de Hoja de Reclamaciones. Este instrumento facilita a los consumidores y usuarios la posibilidad de formular sus reclamaciones en el propio establecimiento donde se producen los hechos, sin que esto sea obstáculo para presentar la reclamación ante las Administraciones de Consumo.